El Dr. Roscio

Roscio, Juan Germán

San José de Tiznados (Edo. Guárico) 27.5.1763 – Cúcuta (Colombia) 10.3.1821

Abogado y político, uno de los principales ideólogos del movimiento de la Independencia. Hijo de José Cristóbal Roscio, oficial retirado y hacendado, nativo de Milán, que había vivido en España y se había avecindado luego en la provincia de Venezuela, y de Paula María Nieves, nacida en La Victoria (Edo. Aragua). Los primeros años de Juan Germán transcurrieron en San José de Tiznados, en donde poseía su padre hatos de ganado. Aprendió allí las primeras letras. En 1774, se trasladó a Caracas, para iniciar sus estudios superiores bajo la protección de la hija del conde de San Javier. Asistió en la Universidad a los cursos de Teología, Sagrados Cánones y Derecho Civil. Doctor en Derecho Canónico en 1794, y en Civil en 1800. Obtuvo durante sus estudios diversas distinciones, entre ellas sendos primeros premios en concursos en ambos Derechos. y una medalla ofrecida por la Academia de Derecho Público y Español que se hallaba entonces establecida en Caracas. Desde 1796, había elevado una petición a la Real Audiencia solicitando su inscripción como abogado en aquel distrito judicial, la que le fue concedida; pero el Colegio (le Ahogados puso trabas para admitirle en su seno, alegando que en el expediente de limpieza de sangre presentado por Roscio no figuraba el calificativo de “india” que en otros documentos se le daba a su madre y a su abuela materna. En efecto, La Victoria era uno de los denominados “pueblos de indios”. La negativa del Colegio dio a Roscio la oportunidad de iniciar un proceso en el curso del cual presentó brillantes alegatos, que permiten apreciar cual era su formación jurídico-ideológica en esa época y la orientación filosófica de su pensamiento. El proceso duró hasta 1805, cuando Roscio logró su definitiva incorporación al Colegio. Desde 1798, aun antes de obtener el Doctorado en Derecho Civil, desempeñó la cátedra de Instituta en la Universidad de Caracas. Solía dar, además, conferencias sobre Derecho Público Español y Leyes de Indias, Al mismo tiempo, era Asesor de la Capitanía General y de la Auditoria de Guerra. Las autoridades le encomendaron entonces varias misiones de confianza, dentro de la administración de Justicia. En 1808 era Fiscal interino de la Real Audiencia de Caracas. Fue uno de los principales artífices de los sucesos ocurridos en esta ciudad el 19 de abril de 1810, al incorporarse como Diputado del Pueblo” al Cabildo que se celebró dicho día. Corno miembro de la Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII entonces establecida, ocupó la Secretaría de Relaciones Exteriores Fue ciertamente, el alma de la revolución en esa época y bien mereció el dictado de padre, maestro y defensor de la naciente libertad que mas tarde le adjudicó Andrés BeIlo. Roscio sostuvo una incansable labor propagandista favor de la emancipación, tanto en sus actos de estadista, en sus escritos difundidos por las prensas, en su copiosa correspondencia epistolar como en sus declaraciones y discursos en el Congreso Constituyente de Venezuela instalado el 2 de marzo de 1811, al cual asistió como Diputado por la villa de Calabozo. Fue el principal redactor del Acta de Independencia en julio de 1811. Participó asimismo en la elaboración de la Constitución de Venezuela sancionada el 21 de diciembre de 1811. Católico sincero, Roscio logra, a costa de una honda crisis de conciencia, disociar las nociones del Trono y el Altar que las enseñanzas por él recibidas presentaban indisolublemente unidos, detal modo que todo ataque dirigido al uno se considerase adverso al otro. Combatió el alegado derecho divino de los reyes, y, con argumentos de carácter teológico se esforzó en persuadir a sus compatriotas de que el sistema republicano era perfectamente compatible con la religión revelada. En marzo de l8l2, fue electo miembro del Poder Ejecutivo Plural, en calidad de suplente. Después del triunfo de Domingo de Monteverde, a mediados del mismo año. Roscio fue remitido preso a España, con otros 7 compañeros, calificados todos de “monstruos” por el vencedor. De las cárceles de Cádiz pasaron al presidio de Ceuta. En 1814. Roscio y algunos de sus compañeros de infortunio lograron fugarse y buscaron refugio en Gibraltar, cuyo gobernador ingles los entregó nuevamente a las autoridades españolas; el escándalo suscitado por este proceder del funcionario británico indujo al Príncipe Regente de Inglaterra a interceder por la libertad de aquellos hombres ante Fernando VII, quien se vio forzado a concedérsela. Roscio se trasladó a Jamaica, y de allí paso a los Estados U nidos; en 1817 dio a la estampa en Filadelfia su obra mayor, titulada triunfo de la Libertad sobre el Despotismo. En 1818 lo hallamos en Angostura, junto a Bolívar, a quien secundó en la reconstitución de la República de Venezuela y la creación subsiguiente de la de Colombia. Figuró entre los principales redactores del semanario Correo del Orinoco. Desempeñó sucesivamente las funciones de Director General de Rentas, Presidente del Congreso de Angostura, Vicepresidente del departamento de Venezuela y Vicepresidente de Colombia la Grande, Ocupaba este último puesto cuando murió de enfermedad en vísperas de reunirse el Congreso de Cúcuta.

Tomado de la obra de la Fundación Polar (1988), Diccionario Histórico de Venezuela, Tomo III, p. 480